Inicio
General

Sello Turismo Incluyente: un deber de los agentes de viajes

David Lara Castañeda se refiere a la necesidad de que los agentes de viajes adscriban a las normas de accesibilidad. La obtención del Sello Turismo Incluyente.

Hablar de turismo incluyente, turismo inclusivo, turismo sin barreras, turismo para todos, turismo universal, turismo accesible, entre otros; es una obligación de todos los agentes de viajes, y en general de los diversos prestadores de servicios turísticos.

Estas obligaciones se encuentran reguladas en nuestra legislación, en la Ley Federal para la prevención y eliminación de la discriminación, Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad y Normas Oficiales Mexicanas como la 055, en las cuales se establece entre otras, la obligación de las empresas y servicios turísticos de brindar atención igualitaria y sin discriminación a personas con discapacidad o capacidades diferentes o disminuidas, definiendo además los criterios técnicos de accesibilidad para los servicios turísticos, incluyendo infraestructura, servicios y actividades turísticas, buscando con ello, generar la promoción del turismo inclusivo.

Te puede interesar: David Lara Castañeda: Los agentes de viajes cuidan de sus clientes

El rol de los agentes de viajes en el turismo inclusivo

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la Discapacidad como: “Cualquier restricción o impedimento de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano”.

Entendemos a su vez, como personas con discapacidad, las que viven la discapacidad como una condición de vida y que, al interactuar con las barreras que les impone el entorno social pueden impedir su inclusión plena y efectiva, así como en igualdad de condiciones con los demás.

Te puede interesar: La importancia de contar con asesoría legal en las empresas

Es obligación del agente de viajes capacitarse constantemente para brindar un servicio pleno y consciente para todos, un servicio inclusivo con soluciones que permitan a todos los viajeros disfrutar de su experiencia de viaje.

david lara castañeda sello turismo incluyente.jpg
De acuerdo con David Lara Castañeda, es un deber y una obligación del agente de viajes obtener todo tipo de capacitación y certificación a efecto de cumplir con el objeto de sus servicios, que es permitir que las personas disfruten de cada viaje que realizan de manera plena.

De acuerdo con David Lara Castañeda, es un deber y una obligación del agente de viajes obtener todo tipo de capacitación y certificación a efecto de cumplir con el objeto de sus servicios, que es permitir que las personas disfruten de cada viaje que realizan de manera plena.

“El manual sobre turismo accesible para todos” establece principios y criterios bien definidos relacionados con este tipo de servicios; aunque es importante que las empresas turísticas no solamente tengan conocimientos en materia de atención a personas con discapacidad, también lo es que cuenten con las instalaciones exteriores e interiores, señalética y servicios de información adecuadas para brindar un servicio de calidad a las personas con discapacidad, estos son los fines y criterios que establece el Gobierno Mexicano a través de la Secretaria de Turismo para otorgar el Sello Turismo Incluyente, el cual va dirigido a los prestadores de servicios turísticos.

¿Cómo obtener el Sello Turismo Incluyente?

El distintivo denominado Sello Turismo Incluyente establece una serie de indicadores prioritarios y complementarios, y su finalidad es que los prestadores de servicios turísticos no solamente estén conscientes de las necesidades de las personas con capacidades diferentes, sino que cuenten con capacitación de atención, con infraestructura y señalética; que puedan dar asistencia e información a individuos con discapacidades y/o capacidades diferentes.

Te puede interesar: ¿Cómo prevenir fraudes en el negocio turístico?

Existen requisitos básicos de participación para la obtención del Sello Turismo Incluyente:

  • Ser una empresa turística legalmente constituida (contar con las certificaciones y acreditaciones turísticas para tal efecto).
  • Tener más de dos años de existencia y operación y ser agencia de viajes, hoteles, restaurantes, museos, centros de convención o reuniones, guías de turistas, hospitales, parques temáticos y transportación turística.
  • Recibir visitas de evaluación y validación de indicadores por personal capacitado.
  • Realizar el cruce de información con personal de Sectur, entre otras.

Actualmente la Secretaria de Turismo de México establece los lineamientos y requerimientos para llevar a cabo dicha certificación, y el agente de viajes, como intermediario de servicios turísticos, tiene la obligación de ofrecerlos y brindarlos para todos, conscientes pero también actuando en todo momento a través de la materialización de dichos servicios inclusivos, por lo que es un deber y una obligación del agente de viajes obtener todo tipo de capacitación y certificación a efecto de cumplir con el objeto de sus servicios, que es permitir que las personas disfruten de cada viaje que realizan de manera plena.

Contacto: Lara Fuentes Tapia Consultores S.C.

Últimas noticias de turismo

Inija: "El primer año de AIFA fue un fracaso"

PEO presentó atractivos de Chile y Brasil con nuevo catálogo

Aeroméxico inició vuelos entre Ciudad e México y Nayarit

Universe Travel México presentó novedades de su plataforma

CNET: Covid hizo perder al turismo de México $ 1.38 billones

Deja tu comentario