El Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronaúticas (Inija) se pronunció en torno a la contratación de aeronaves y tripulación extranjera por parte de Volaris al afirmar que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) autorizó conforme a derecho hacer "arrendamientos húmedos" a la aerolínea.
Inija: "Tripulación extranjera en Volaris es legal"
En oposición a las demandas de ASPA, el director de Inija aseguró que AFAC autorizó conforme a derecho a Volaris y Viva Aerobus "arrendamientos húmedos".
Volaris arrendó aeronaves extranjeras y su tripulación.
Dicha postura contraviene lo argumentado por la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA), que aseveró que la contratación de tripulación extranjera viola la Ley de Aviación Civil.
El director de Inija, Pablo Casas Lías, explicó que el capitán o piloto y tripulantes de cualquier aeronave que se ampare con nacionalidad, matrícula mexicana y ostente la bandera nacional, deben ser mexicanos por nacimiento, de acuerdo con la legislación vigente.
Sin embargo, expuso, en las aeronaves arrendadas con bandera y matrícula de otro país, no aplica esa regla: "Tal es el caso de Volaris y Viva Aerobús que contrataron de forma excepcional y temporalmente, arrendamientos húmedos de corto plazo (incluye tripulación), de aeronaves con bandera y matrícula de otro Estado".
AFAC autorizó "arrendamientos húmedos"
El experto en derecho aeronáutico afirmó que la AFAC autorizó a las aerolíneas, conforme a derecho, hacer “arrendamientos húmedos” y, dado que no hay un proveedor nacional con ese servicio, lo buscaron fuera del país.
"El arrendamiento húmedo consiste en un acuerdo de voluntades por medio del cual el arrendador concede el uso o goce temporal de una aeronave, incluidas las tripulaciones de vuelo y de sobrecargos de la misma, al arrendatario que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio concertado.
"Dicha figura está prevista en la legislación nacional, por lo que, resulta ajustada a derecho, ya que en casos excepcionales y temporales, las aeronaves con matrícula extranjera, arrendadas por los concesionarios o permisionarios mexicanos, pueden ser operadas en el país, de acuerdo a lo previsto en el artículo 45 último párrafo de la Ley de Aviación Civil, en relación con lo dispuesto en el artículo 83 bis del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, así como en el Reglamento de la Ley de Aviación Civil y la Circular Obligatoria CO AV-08.3/20, que establece las Reglas Técnicas para el Arrendamiento de Aeronaves emitida por la AFAC", detalló.
Inija cuestiona interés de ASPA
Por otro lado, Casas Lías consideró que el posicionamiento de ASPA "atiende más a los intereses del patrón que a los gremiales. ASPA no representa a todos los pilotos mexicanos, es mucha soberbia para pensar eso.
"Lo mismo sucede con el Colegio de Pilotos, que es dirigido de manera sesgada por intereses y filiaciones políticas. No hay duda de la legalidad de los arrendamientos húmedos", afirmó.
En ese orden de ideas, señaló que la asociación de pilotos debería convocar a la movilización para defender los más de 400 millones de pesos que el gobierno federal adeuda a los extrabajdores de la extinta Mexicana, por concepto de la compra de la marca; así como para agilizar la venta del MRO Mexicana, cuyos ingresos totales deben ser destinados a los trabajadores mencionados. Asimismo, agregó, para afiliar a las tripulaciones de la Aerolínea del Estado Mexicano, "que sufren acoso laboral, entre otras muchas defensas de causas justas que podría hacer el sindicato blanco".
Independientemente de lo anterior, añadió, si ASPA considera ilegal la autorización otorgada por la AFAC, puede recurrirla vía el juicio de amparo, para que sea un juez el que haga una interpretación jurisdiccional de la legalidad de la misma.
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