El secretario de Turismo del Gobierno de México, Miguel Torruco Marqués, presentó el documento que norma la integración y funcionamiento de los Comités Ciudadanos de los 177 Pueblos Mágicos del país, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a los representantes de la Asociación de Secretarios de Turismo de México, (Asetur).
Pueblos Mágicos: 5 claves de las nuevas reglas para la integración de los comités ciudadanos
Sectur presentó las Reglas Generales para la Integración de los Comités Ciudadanos de los 177 Pueblos Mágicos, una iniciativa que genera polémica en el sector.
El titular de Sectur indicó que dichos Comités tienen por objeto impulsar las acciones y actividad turística del Pueblo Mágico, en función de los programas municipales, estatales y nacional en la materia; sumando esfuerzos entre los tres órdenes de gobierno y la iniciativa privada.
Además, enfatizó que deben garantizar la inclusión de todos los sectores de la sociedad involucrados en el bienestar y el desarrollo de la actividad turística en los Pueblos Mágicos, asegurando con ello la plena gobernanza.
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¿Cómo funcionarán los Comités Ciudadanos de los Pueblos Mágicos?
- Los Comités Ciudadanos de los Pueblos Mágicos estarán conformados por un mínimo de cinco personas residentes en el municipio, cuya actividad económica esté relacionada con el turismo y sean miembros en activo de cámaras y/o asociaciones del sector, encabezados por el alcalde o alcaldesa del Pueblo Mágico. Es decir, un presidente, un coordinador, un secretario técnico y de dos a cuatro vocales.
- La coordinación entre Comités Ciudadanos “deberá articularse y ser encabezada por la Secretaría Estatal” encargada de los asuntos turísticos.
- La persona titular de la Secretaría Estatal encargada de los asuntos turísticos será quien lleve los temas concernientes a los Pueblos Mágicos de su estado a las sesiones de Asetur, para su discusión con sus contrapartes y la Secretaría de Turismo del Gobierno de México.
- Los Comités Ciudadanos de los Pueblos Mágicos, tendrán un período de gestión de tres años, pudiendo reelegirse por uno o más y deberán sesionar por lo menos dos veces al año.
- La primera convocatoria de elección deberá realizarse a más tardar el 23 de noviembre de 2023.
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