En la obra "Derecho de las actividades turísticas" -de Raúl Pérez Guerra, María Matilde Ceballos Martín, Francesca Llodrà Grimalt, María Luisa Roca Fernández-Castanys y Mónica Vilasau Solana- se desarrolla el análisis de los establecimientos turísticos y sus disposiciones vigentes. El objetivo es trasladar al lector la importancia del estudio del turismo y, en particular, de las empresas turísticas desde una perspectiva jurídico pública, ofreciendo conocimientos generales sobre la situación normativa del sector.
Para el estudio de las actividades turísticas, en la obra se define el concepto de empresas turísticas, entendiéndose como compañías que de forma profesional, habitual y mediante precio, prestan sus servicios en el ámbito turístico. Y que están determinadas por distintas leyes de turismo autonómicas, en el marco de un régimen jurídico peculiar en el que se puede combinar una doble iniciativa: pública y privada.
A la hora de profundizar acerca de las empresas turísticas, se hace hincapié en las que se dedican al alojamiento turístico, comprendido como los establecimientos abiertos al público que facilitan de una forma habitual, específica y profesional, a cambio de un precio, el servicio de alojamiento -con o sin otros servicios complementarios-, generalmente en relación directa de cantidad y calidad de los mismos a la clasificación del establecimiento y por motivos vacacionales o turísticos.
Asimismo, es toda empresa que cumple con diversas disposiciones reglamentarias estatales y autónomas acerca de la edificación y construcción, prevención de incendios, medio ambiente, seguridad, sanidad e higiene, precios y facturas, y aspectos fiscales y laborales, entre otros.
Con respecto a los alojamientos turísticos, los clasifica en diferentes clases, entre las que se destacan los establecimientos hoteleros y los extrahoteleros.
En cuanto a los hoteles, en el libro se los detallan como alojamientos turísticos tradicionales por excelencia, caracterizándose por ser abiertos al público en general. Así, ocupando la totalidad de uno o varios edificios comunicados entre sí o una parte independizada de los mismos, constituyen sus dependencias en un todo homogéneo con accesos exclusivos, y reúnen los requisitos técnicos mínimos en función de su categoría, facilitando de manera habitual y profesional el servicio de alojamiento, con o sin otros servicios complementarios, mediante precio y con ánimo de lucro. Siempre articulándose en un marco normativo estatal de la legislación vigente.
En cuanto a la clasificación, se organizan a partir de normativas estatales, ya sea por su categoría -5, 4, 3, 2 o 1 estrella- o las normas de cada comunidad autóctonas.
Por otra parte, en la obra se precisa que -con carácter previo al ejercicio de su actividad- las empresas hoteleras están obligadas a solicitar autorización de apertura y funcionamiento a la administración turística competente. Como así también disponer de la clasificación del establecimiento que se pretende construir o abrir al público, pudiendo ser provisional o definitiva en función de los procedimientos que se prevén en las distintas autonomías.
General
Los alojamientos turísticos y sus normativas
En "Derecho de las actividades turísticas" se designan las diferencias entre las empresas turísticas, así como la distinción de sus obligaciones, derechos y otras cuestiones jurídicas a las cuales se encuentran sujetas.
"Derecho de las actividades turísticas"
• Autores: Raúl Pérez Guerra, María Matilde Ceballos Martín, Francesca Llodrà Grimalt, María Luisa Roca Fernández-Castanys y Mònica Vilasau Solana.
• Editorial: Editorial UOC.
• Precio: $ 220.
• Adquiera este ejemplar en Libros de Turismo: Paraguay 2457 (CABA).
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