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Denuncia contra aerolíneas por no devolver el dinero de los vuelos cancelados

Una entidad que nuclea a los consumidores españoles promovió la demanda.

La federación española Facua-Consumidores en Acción, realizó una denuncia formal ante las autoridades contra ocho aerolíneas por no devolver el dinero de los tickets afectados por vuelos cancelados. La acción legal se realizó contra Air Europa, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Transavia, United Airlines, Vueling y Air France.

La federación afirma haber monitoreado la situación de 22 líneas aéreas. De ese total unas 13 permiten el reembolso del importe del billete. Facua explica que la demanda se ha presentado ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y ante la Dirección General de Consumo, del Ministerio de Consumo.

La federación recuerda que de no proceder al reembolso, las líneas aéreas estarían incumpliendo con el Reglamento (CE) N°261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, “por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque y cancelación o gran retraso de vuelos”. “El artículo 8 de este reglamento detalla que los transportistas aéreos deben ofrecer a los pasajeros que sufran la cancelación de un vuelo ‘el reembolso en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero’”. En el mismo sentido, Facua asegura que el Artículo 86 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de España, determina que son cláusulas abusivas aquellas “que ‘limiten o priven al consumidor y usuario de los derechos reconocidos por normas dispositivas o imperativas’ y, entre ellas, ‘la exclusión o limitación de forma inadecuada de los derechos legales del consumidor y usuario por incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso del empresario’ y ‘la imposición de cualquier otra renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario’”.

La queja de las agencias.

En el mismo sentido, la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) la pidió a la IATA que intervenga, dado que la negativa a devolver el dinero constituye “una práctica abusiva”. Al igual que Facua, la Confederación recordó el texto del Reglamento (CE) N°261/2004. La queja puntual es que el BSP eliminó la automaticidad de las devoluciones. “Esta medida no tiene justificación, siendo su objetivo retrasar o incluso impedir la devolución de estas sumas a sus legítimos propietarios”, afirma la CEAV en un comunicado. “También se viola el Manual del Agente de Viajes que es taxativo al establecer que las aerolíneas deben realizar o autorizar la devolución en el siguiente calendario de remisiones”, remarca la Federación, que además destaca que según la normativa vigente: “IATA podrá retener el saldo a favor de dicha línea aérea en el BSP”, suponiendo que la situación financiera de una aerolínea pueda llevar a que no reembolse el importe de los tickets. Según el Manual, el retraso en la devaluación incluso podría “conducir a la suspensión de la aerolínea en el BSP”. Finalmente, CEAV indicó que “el acreedor de las aerolíneas en el supuesto de que proceda el reembolso de los tickets no es la agencia, sino el viajero”.

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